Subvenciones 2025

Subvenciones 2025 2025-09-11T17:01:02+02:00

Importes consignados:

  • C.D. Cariñena: 22.500 euros
  • EFB Ciudad de Cariñena: 14.000 euros
  • Atlético Cariñena: 11.000 euros
  • A.D. de Cazadores Virgen de Lagunas: 3.000 euros
  • Asociación de Amigos del Ferrocarril: 2.500 euros
  • A.C. Juan Briz: 1.800 euros
  • Club Patín de Cariñena: 4.000 euros
  • A.D. Gimnasia Rítmica Cariñena: 1.000 euros
  • Asociación de Mujeres «La Garnacha»: 1.000 euros
  • Adjudicatario taxi: 5.000 euros
  • Varykino S.L. para rodaje «Cariñena, vino del mar»: 20.000,00 euros

Descarga de documentos:

Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.

Objeto y finalidad: El Ayuntamiento, consciente de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, quiere ayudar y apoyar a estas mediante la puesta en marcha de esta convocatoria. Por ello, a las personas que cumplan los requisitos se les concederá la cantidad de doscientos euros (200€) por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a (menor o igual a 5 años) durante sus cinco primeros años de vida,  siempre y cuando permanezcan empadronados en la localidad.

Este dinero solo podrá ser gastado en los comercios de la localidad adscritos al Plan de Comercio Local. En este sentido, todos los comercios que en la actualidad no estén adscritos, dispondrán hasta el 4 de junio para adherirse y ser incluidos en la lista de comercios que aparecen recogidos en el anexo II.

Esta ayuda es compatible con cualquier otra que se perciba por este motivo.

Destinatarios

  • Madres y/o padres que hayan tenido o adoptado un hijo/a en el año 2020, en el 2021, en el 2022, en el 2023 o, en el 2024.
  • Tutor o tutora con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de los padres del supuesto anterior.
  • En caso de divorcio o separación, podrán solicitar el cheque bebé ambos progenitores, teniendo derecho a la subvención cada progenitor en función del porcentaje del tiempo de custodia que tenga cada uno del menor.

Requisitos:

  • Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España (para ambos progenitores).
  • Padres y madres deben estar empadronados en el municipio de Cariñena y al menos, el solicitante, con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda. En los casos en los que lo solicite un solo progenitor (por no estar el otro empadronado), incluidos los casos de separación o divorcio, se requerirá igualmente empadronamiento en el municipio con una antigüedad mínima de 12 meses, concediéndose el importe correspondiente al 50%.
  • El bebé tiene que encontrarse empadronado en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.
  • En el caso de adopción, será condición indispensable que el adoptado sea menor de edad.
  • Padres y/o madres empadronados deben estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Cariñena, así como con las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.

Plazo para solicitar la ayuda

Hasta el día 9 de junio de 2025.

Solicitudes y documentación:

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo hasta el 9 de junio de 2025, junto con la siguiente documentación de toda la unidad familiar:

  • Fotocopia del DNI/Tarjeta de Residencia en vigor de ambos progenitores.
  • Fotocopia del libro de familia (de todas las hojas de las personas que componen la unidad familiar), excepcionalmente se admitirá documento acreditativo de nacimiento/adopción.
  • Estar al corriente de pagos con las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.

Se podrán solicitar tantas como hijos hayan tenido o adoptado.

Modo de empleo y uso de los “Bonos Consumo Cheque-Bebé”:

El Ayuntamiento expedirá un certificado de otorgamiento de la subvención una vez aprobada la ayuda a favor del titular.

El beneficiario podrá gastar la totalidad o una parte del importe en una o más tiendas locales adscritas al Plan de Comercio Local que aparecen recogidas en el Anexo II. El procedimiento será el siguiente:

  • Notificación al beneficiario de la resolución de concesión.
  • El beneficiario adquiere los productos en los comercios previstos.
  • El beneficiario abona la cantidad total de la compra.
  • El comercio emite un recibo o factura en el que se relacione los productos adquiridos, el importe de cada uno, las unidades adquiridas, el coste total de la compra IVA incluido, así como la fecha de compra y nombre del comercio.
  • El beneficiario puede hacer tantas compras como desee hasta alcanzar la cantidad concedida. Corresponderán 200 € por cada nacimiento o adopción en los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024.
  • Una vez realizadas todas las compras, en el plazo de 120 días naturales desde la concesión, se deberá presentar el Anexo III rellenado, adjuntando los tickets/facturas originales en las oficinas del Ayuntamiento de Cariñena. No se admitirán las justificaciones por gastos o compras de alcohol, tabaco y apuestas. En todo caso, la justificación de la subvención deberá presentarse antes del 31 de octubre.
  • El Ayuntamiento, en el plazo de 30 días abonará los gastos subvencionables hasta el límite otorgado en el número de cuenta indicado en el Anexo IV.

Documentación:

Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena

Objeto y finalidad: El Ayuntamiento de Cariñena con estas ayudas pretende intentar contribuir a mejorar las condiciones de vida de aquellos pueblos social y económicamente desfavorecidos, mediante ayudas económicas a proyectos de solidaridad y desarrollo local, y todo ello en el marco de la ejecución del programa de la Agenda 2030 y de los Objetivos Desarrollo Sostenible.

Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que, además de cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y el artículo 9 de la Ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, se incardinen en alguna de las siguientes tipologías de entidad:

  1. Organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo, de modo individual o asociadas entre sí y cuyos proyectos coincidan con los objetivos de la convocatoria.
  2. Entidades sin fines de lucro legalmente constituidas, de modo individual o asociadas entre sí, que actúen localmente en el campo de la cooperación solidaria o en el de la educación para el desarrollo.
  3. Las entidades que representan en España a agencias o programas de las Naciones Unidas y a organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional.

Modalidades:

La convocatoria está dotada con 25.000 € que se dividen en dos modalidades:

Modalidad A, para financiar acciones y proyectos que cumplan los principios transversales que figuran en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa al Desarrollo 2024-27 como son la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, la protección del medio ambiente, el fortalecimiento de la sociedad civil organizada, la protección y defensa de los derechos humanos, el desarrollo humano y la sostenibilidad, el enfoque integral de las migraciones o el enfoque de cultura de paz. De entre las candidaturas presentadas se elegirán los dos proyectos con mayor valoración de acuerdo a los criterios recogidos en las bases. Esta modalidad está dotada con 23.000 €. 

Modalidad B para la financiación de proyectos de sensibilización a la ayuda al desarrollo y relacionados con los principios que figuran en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa al Desarrollo 2024-2027, mencionados para la Modalidad A, entre los vecinos del municipio de Cariñena. Esta modalidad está dotada con 2.000 €. En esta modalidad se elegirá únicamente un proyecto, que será el que mayor puntuación haya obtenido conforme a los criterios recogidos en las bases.

Los proyectos deberán realizarse en Países con Índice de Desarrollo Humano (IDH) bajo según el índice del PNUD, Países menos adelantados (PMA) designados como tales por Naciones Unidas y Países en los que la Cooperación Aragonesa tiene una trayectoria histórica de trabajo. Estas zonas quedan concretadas y limitadas en las Prioridades geográficas del Plan Director de la Cooperación Aragonesa al Desarrollo 2024-2027. Fuera de estos ámbitos de actuación no se admitirán solicitudes.

Plazos de ejecución y de presentación de solicitudes

El periodo de cumplimiento de la finalidad del proyecto para el que se otorgue la subvención irá desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. El plazo para presentar la justificación será el 31 de marzo de 2026.

Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el 16-5-2025 (20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOPZ)

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El Ayuntamiento de Cariñena convoca, un año más, en régimen de concurrencia competitiva, el Concurso del Cartel anunciador de la Semana Santa de Cariñena 2025 con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística y cultural en la localidad.

Destinatarios

Podrán participar en el mismo cualquier persona, de forma individual, sin limite de edad y cualquiera que sea su nacionalidad, ya sean artistas profesionales o aficionados. Cada autor podrá participar con un máximo de tres obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso o certamen.

Premios

Se establece un único premio de 300€.

La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre la misma. De igual modo, el Ayuntamiento se reserva todos los derechos de difusión y reproducción de la obra premiada, cuya cesión se realizará por parte del autor a título gratuito. El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio de la Comisión de Valoración, estime que no son merecedoras de ello.

Características de las obras: técnica y formato

Las obras presentadas deberán reunir las siguientes características:

  • El cartel anunciador reflejará la idiosincrasia de la Semana Santa Cariñenense y la circunstancia excepcional del presente año al ser Cariñena, Ciudad Europea del Vino, por lo que deberá fusionar ambas temáticas, la religiosa y la vitivinícola.
  • En el cartel anunciador aparecerán como organizadores el Ayuntamiento de Cariñena y la Iglesia Parroquial la Asunción de Ntra. Sra., incluyendo el ESCUDO TRADICIONAL de Cariñena, junto con el LOGOTIPO de Cariñena Ciudad Europea del Vino 2025 que se podrá descargar en el siguiente enlace: Escudo Tradicional y Logotipo Cariñena Ciudad Europea del Vino 2025
  • La portada del programa deberá recoger la siguiente información: Semana Santa de Cariñena 2025. Del 13 al 21 de abril de 2025.
  • Los trabajos deberán ser originales e inéditos, siendo responsabilidad de quien los presente al concurso cualquier reclamación que pueda producirse en relación a la autoría del cartel anunciador y su posible plagio.
  • El diseño final deberá presentarse en formato digital con una resolución de 300 ppp teniendo en cuenta que la posterior reproducción se realizará en tamaño DIN A3 en cuatricromía
  • En los trabajos presentados no aparecerá ni el nombre ni la firma del autor/autora, debiendo consignarse en el dorso el título de la obra
  • Queda totalmente prohibido publicar por cualquier medio los trabajos presentados antes de que se produzca el fallo del jurado, motivo que conlleva la exclusión de la obra para optar al premio.

Condiciones de presentación

El plazo de admisión finalizará el 14 de marzo de 2025.

La obra u obras se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo, de la siguiente forma y junto con la siguiente documentación:

  • Diseño de portada en PDF en un único archivo y con una resolución mínima de 300 píxeles/pulgada.
  • Solicitud de participación (Anexo 1)
  • Fotocopia del DNI o pasaporte

Selección y entrega de premios

Se designará una Comisión de valoración de carácter técnico formado por la Técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena, la auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Cariñena, la Técnico de Turismo, Cultura y Patrimonio de la Comarca Campo de Cariñena y dos integrantes del Consejo Parroquial. Podrán ser asesorados por el Sr. Párroco de la Parroquia a efectos de conocer la idiosincrasia de la Semana Santa Cariñenense. La Comisión adoptará su decisión de manera imparcial con arreglo al deber de abstención y de guardar reserva en relación con las informaciones conocidas para el desarrollo de su función.

La Comisión de Valoración se reunirá a partir del 17 de marzo de 2025 para elaborar un informe en el que valorará la concepción, calidad gráfica o plástica, su eficiencia informativa y sus condiciones de reproducción. El órgano instructor, que será la Concejal de Cultura, a la vista del contenido del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución. La resolución es competencia del Alcalde. Si se estima que en las obras presentadas no existe la calidad suficiente, podrá declarar desierto el premio.

El fallo será inapelable y se dará a conocer en Redes Sociales, en www.carinena.es, además de comunicarlo por correo electrónico a todas aquellas personas que se hubieran presentado al concurso. Asimismo, la resolución de Alcaldía se publicará en el BOPZ así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El mero hecho de presentarse a este certamen supone la aceptación de sus bases, por lo que el incumplimiento de cualquier punto especificado en ellas supone la descalificación inmediata.

Descargas:

El Ayuntamiento de Cariñena convoca el XVII Premio de Pintura Ciudad de Cariñena (Edición Especial Ciudad Europea del Vino), año 2025, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística coincidiendo con la ostentación del título de Ciudad Europea del Vino. Este certamen surgió promovido por el Área de Cultura del ayuntamiento en el año 2009. A lo largo de estas diecisiete ediciones de vida del certamen han sido más de 500 el número de obras que se han presentado a concurso y 26.000 euros los repartidos en premios.

Destinatarios

En este certamen podrán participar todas aquellas personas físicas, de forma individual y sin límite de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, exceptuando aquellas que en la edición inmediatamente anterior hubieran sido premiadas en este certamen. Cada autor podrá participar con un máximo de dos obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso, ni se hayan presentado con anterioridad a este premio.

Premios

El concurso establece un primer premio de 1.000 euros, un segundo premio de 600 euros2 accésits de reconocimiento de 200 euros cada uno y un premio especial a la mejor obra de un artista local por valor de 200 €, importes a los que se aplicará la correspondiente retención de IRPF. Las obras premiadas con el primer y segundo premio pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre las mismas.

El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio del Consejo Asesor, estime que no son merecedoras de ello.

Temática, técnica y formato

En esta edición Especial del premio la temática versará sobre la vitivinicultura (vino, bodega, vendimia, vid, paisaje del viñedo,etc…)

La técnica de las obras serán de libre elección y se deberán presentar sin marco o, a lo sumo, con un listón sencillo de madera cuya anchura no supere los 2 cm. Las dimensiones, sin incluir el listón, no podrán ser inferiores a 65 cm., ni superiores a 130 cm. en ninguno de sus lados, y no se admitirán obras sin bastidor.

En el dorso se indicará la parte superior del cuadro mediante una flecha bien visible. La obra deberá ir sin firmar, y sólo una vez leída el acta del fallo, los premiados podrán firmar sus obras.

Plazo de admisión y condiciones de presentación

El plazo de admisión permanecerá abierto hasta el 29 de agosto de 2025. La obra podrá ser presentada personalmente, o remitida por agencia de transporte o por cualquier otro medio, de puerta a puerta por su cuenta y riesgo, a portes pagados tanto en la entrega como en la devolución, con embalaje capaz de garantizar el buen estado de la obra, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, en la siguiente dirección: Oficinas municipales, Calle Mayor 53. 50400. Cariñena (Zaragoza). Cualquier duda o consulta será resuelta en el teléfono 654623849 o en el e-mail cultura@carinena.es.

Junto a la obra se presentará en sobre aparte (indicando en el exterior del sobre el título de la obra):

  • Solicitud de participación (Anexo 1)
  • Fotocopia del DNI o pasaporte
  • Currículum artístico del autor
  • Fotografía de la obra en formato digital.
  • En el supuesto de presentar la obra embalada, el sobre deberá ir en la parte exterior del embalaje y nunca en el interior.

Pegado al dorso de la obra deberá ir copia de la solicitud de participación (Anexo 1).

Además los participantes deberán guardarse copia de la solicitud de participación que les servirá para acreditarse al ir a retirar la obra.

El Ayuntamiento de Cariñena pondrá el máximo celo en el cuidado y protección de cada una de las obras, pero no responderá de pérdidas, roturas, robos, hurtos o daños, por razón de fuerza mayor o cualquier otra causa ajena a su voluntad, tanto en los actos de recepción y devolución como durante el tiempo en que estén bajo su custodia. Los seguros que quisieran efectuarse correrán por cuenta de cada uno de los/as participantes.

Selección, entrega de premios y exposición

Se designará una Comisión de valoración de carácter técnico compuesto por la técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena y por personas de reconocida capacidad crítica en el campo de las Bellas Artes. Dicha Comisión no podrá ser de un número inferior a tres personas. Con las obras presentadas, o con la selección que la Comisión determine, se realizará una exposición.

El fallo será inapelable y se dará a conocer en acto público que coincidirá con la inauguración de dicha exposición. De la fecha y el lugar de realización de la misma, se informará debidamente a los/as autores/as de las obras presentadas y al público en general.

Devolución de las obras

Las obras presentadas podrán retirarse personalmente o mediante agencia a portes debidos, con el embalaje en que fueron enviadas, y previa presentación de una copia de la Solicitud de Participación. Las fechas en las que se podrán retirar las obras se comunicarán a los participantes a través de correo electrónico. Terminado este plazo las obras no retiradas se considerarán donadas al Ayuntamiento de Cariñena, pudiendo disponer libremente de las mismas.

Más información

Más información en la Casa de Cultura de Cariñena, el teléfono 654623849 o en el e-mail cultura@carinena.es.

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El Ayuntamiento de Cariñena convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el Concurso de la portada del programa oficial de las Fiestas Patronales en Honor al Santo Cristo de Santiago que se celebrarán del 12 al 17 de septiembre de 2025, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística y cultural.

Destinatarios

Tendrán derecho a participar en este premio, todas aquellas personas físicas, de forma individual, sin límite de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, ya sean artistas profesionales o aficionados.

Cada autor podrá participar con un máximo de tres obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso o certamen.

Premios

Se establece un único premio de 300€. El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio del Consejo Asesor, estime que no son merecedoras de ello.

La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre la misma. De igual modo, el Ayuntamiento se reserva todos los derechos de difusión y reproducción de la obra premiada, cuya cesión se realizará por parte del autor a título gratuito.

Características de las obras: técnica y formato

  • La portada del programa reflejará la idiosincrasia de las Fiestas Patronales de Cariñena y la circunstancia excepcional del presente año al ser Cariñena Ciudad Europea del Vino, por lo que deberá fusionar ambas temáticas, la festiva y la vitivinícola.
  • En la portada del programa aparecerá la imagen corporativa del Ayuntamiento de Cariñena y el logotipo de Ciudad Europea del Vino (se podrá descargar desde la web municipal) o pedirlo en el correo electrónico: cultura@carinena.es
  •  La Portada del Programa deberá recoger la siguiente información: Fiestas en honor al Santo Cristo de Santiago Cariñena del 12 al 17 de septiembre de 2025
  • Los trabajos deberán ser originales e inéditos, siendo responsabilidad de quien los presente al concurso cualquier reclamación que pueda producirse en relación a la autoría de la Portada del Programa y su posible plagio.
  • El diseño final deberá presentarse en formato digital con una resolución de 300 ppp teniendo en cuenta que la reproducción se realizará en un formato de 176 x 246 mm, orientación vertical.
  • La obra deberá ir sin firmar. Queda totalmente prohibido publicar por cualquier medio los trabajos presentados antes de que se produzca el fallo del jurado, motivo que conlleva la exclusión de la obra para optar al premio.

Condiciones de presentación

El plazo de admisión empezará desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 25 de julio de 2025.

La obra u obras se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo, de la siguiente forma y junto con la siguiente documentación:

  • Diseño de portada en PDF en un único archivo y con una resolución mínima de 300 píxeles/pulgada.
  • Solicitud de participación (anexo 1).
  • Fotocopia del DNI o pasaporte.

Selección y entrega de premios

Se designará un Consejo Asesor compuesto por miembros de carácter técnico compuesto por la técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena y por personas de reconocida capacidad crítica en el campo de las Bellas Artes, de la imagen, las artes plásticas y visuales. Dicha Comisión no podrá ser de un número inferior a tres personas.

El Consejo Asesor adoptará su decisión de manera imparcial con arreglo al deber de abstención y de guardar reserva en relación con las informaciones conocidas para el desarrollo de su función.

El Consejo Asesor se reunirá y formulará una propuesta en la que valorará la concepción, calidad gráfica o plástica, su eficiencia informativa y sus condiciones de reproducción. Si se estima que en las obras presentadas no existe la calidad suficiente, podrá declarar desierto el premio. El fallo será inapelable y se dará a conocer en la web y redes sociales municipales, además de comunicarlo por correo electrónico a todas aquellas personas que se hubieran presentado al concurso.

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El Ayuntamiento de Cariñena ha lanzado la quinta edición de su convocatoria de becas de estudio, dirigida a estudiantes empadronados en la localidad y con domicilio habitual en Cariñena. La convocatoria cuenta con una dotación de 2.750 euros consignados en el presupuesto municipal de 2025.

El objetivo de estas ayudas es incentivar la calidad y la excelencia académica y reconocer el esfuerzo y la dedicación de los alumnos en su formación. Para ello, el consistorio otorgará varias becas que premiarán, mediante una aportación económica, a quienes hayan obtenido las mejores calificaciones en el curso 2024-2025.

Categorías de becas convocadas

Las becas se distribuyen en tres categorías según el nivel de estudios:

Categoría A

  • Estudios de postgrado / máster universitario: 1 beca de 385 €.

Categoría B

  • Estudios universitarios de grado: 2 becas de 385 € cada una, diferenciadas por ramas de conocimiento:
    • Artes, Humanidades, Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas.
    • Ingenierías, Arquitectura, Veterinaria, Ciencias de la Salud y Ciencias.
  • Estudios artísticos superiores: 1 beca de 385 €.
  • Ciclos formativos de grado superior: 1 beca de 385 €.

Categoría C

  • Ciclos formativos de grado medio: 1 beca de 275 €.
  • 2º de Bachillerato: 1 beca de 275 €.
  • 1º de Bachillerato: 1 beca de 275 €.

Requisitos y condiciones

Los beneficiarios deberán estar empadronados en Cariñena con al menos un año de antigüedad y tener su domicilio habitual en la localidad. No podrán concurrir aquellas personas que se encuentren en situación deudora con el Ayuntamiento.

Además, solo se podrá ser beneficiario una vez en cada una de las categorías.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para solicitar las becas permanecerá abierto hasta el 20 de noviembre de 2025 incluido.

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Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.

Objeto y finalidad: Incentivar el establecimiento de gente joven que fije su residencia en el municipio mediante la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a aquellos que adquieran su primera vivienda o suelo para su construcción en el Municipio de Cariñena.

Beneficiarios:

  • Ser español o extranjero con residencia legal en España.
  • Estar empadronado en el municipio de Cariñena, al menos desde el momento mismo de presentar la solicitud de ayuda, teniendo la obligación de mantener el domicilio habitual, fiscal y empadronamiento durante los 5 años siguientes a la adquisición de la vivienda o del suelo correspondiente. El control posterior del mantenimiento de éste requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento.
  • Tener domicilio fiscal en Cariñena.
  • Tener entre 18 y 35 años, ambos incluidos, en el momento de la suscripción de la escritura pública. Las escrituras deberán estar suscritas entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024 y responder a adquisiciones realizadas dentro de dicho período.
  • Tratarse de la adquisición de su primera vivienda o de suelo para ésta y destinarse a vivienda habitual y permanente de sus adquirentes.
  • No ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda.
  • No estar incursos en ninguna de las prohibiciones que señala el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán ser cumplidos al menos por uno de los titulares de la vivienda o del correspondiente suelo. Cuando uno de los adquirentes no cumpla con alguno de los requisitos señalados, se procederá a la concesión del 50% de la ayuda que pudiese corresponder SIEMPRE Y CUANDO, en todo caso,  uno de ellos cumpla todos  y cada uno de los mismos.

Fecha de finalización del periodo de solicitud: 20/11/2024

Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Crédito presupuestario: 3600 euros

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