Importes consignados:
- C.D. Cariñena: 22.500 euros
- EFB Ciudad de Cariñena: 14.000 euros
- Atlético Cariñena: 11.000 euros
- A.D. de Cazadores Virgen de Lagunas: 3.000 euros
- Asociación de Amigos del Ferrocarril: 2.500 euros
- A.C. Juan Briz: 1.800 euros
- Club Patín de Cariñena: 4.000 euros
- A.D. Gimnasia Rítmica Cariñena: 1.000 euros
- Asociación de Mujeres «La Garnacha»: 1.000 euros
- Adjudicatario taxi: 5.000 euros
- Varykino S.L. para rodaje «Cariñena, vino del mar»: 20.000,00 euros
Descarga de documentos:
- Convenio C.D. Cariñena
- Convenio EFB Ciudad de Cariñena
- Convenio Atlético Cariñena
- Convenio A.D. de Cazadores Virgen de Lagunas
- Convenio Asociación de Amigos del Ferrocarril
- Convenio A.C. Juan Briz
- Convenio Club Patín de Cariñena
- Convenio A.D. Gimnasia Rítmica Cariñena
- Convenio Asociación de Mujeres «La Garnacha»
- Convenio Adjudicatario Licencia Taxi
- Convenio Varykino S.L. para rodaje «Cariñena, vino del mar»
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones para ejecución de inversiones en locales comerciales que contribuyan a la mejora medioambiental, así como para su rehabilitación, conservación y digitalización que se realicen entre el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024 en el municipio de Cariñena, mediante concurrencia competitiva.
Se podrá financiar hasta el 80% del proyecto subvencionable, hasta un máximo de 1.500,00 euros.
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán compatibles con otras que pudieran otorgarse por parte de otros entes públicos o privados, nacionales o
internacionales, siempre y cuando la cuantía de estas ayudas no supere el coste total de los conceptos objeto de las mismas.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y menores emancipados y personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario, según el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Fecha de finalización del periodo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 20 de noviembre de 2024.
Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Crédito presupuestario: 6.000 euros
Documentación
Resumen de la convocatoria:
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Incentivar el establecimiento de gente joven que fije su residencia en el municipio mediante la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a aquellos que adquieran su primera vivienda o suelo para su construcción en el Municipio de Cariñena.
Beneficiarios:
- Ser español o extranjero con residencia legal en España.
- Estar empadronado en el municipio de Cariñena, al menos desde el momento mismo de presentar la solicitud de ayuda, teniendo la obligación de mantener el domicilio habitual, fiscal y empadronamiento durante los 5 años siguientes a la adquisición de la vivienda o del suelo correspondiente. El control posterior del mantenimiento de éste requisito se realizará de oficio por el Ayuntamiento.
- Tener domicilio fiscal en Cariñena.
- Tener entre 18 y 35 años, ambos incluidos, en el momento de la suscripción de la escritura pública. Las escrituras deberán estar suscritas entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024 y responder a adquisiciones realizadas dentro de dicho período.
- Tratarse de la adquisición de su primera vivienda o de suelo para ésta y destinarse a vivienda habitual y permanente de sus adquirentes.
- No ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda.
- No estar incursos en ninguna de las prohibiciones que señala el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán ser cumplidos al menos por uno de los titulares de la vivienda o del correspondiente suelo. Cuando uno de los adquirentes no cumpla con alguno de los requisitos señalados, se procederá a la concesión del 50% de la ayuda que pudiese corresponder SIEMPRE Y CUANDO, en todo caso, uno de ellos cumpla todos y cada uno de los mismos.
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 20/11/2024
Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Crédito presupuestario: 3600 euros
Descargas:
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Incentivar la calidad y la excelencia académica y reconocer el esfuerzo y la dedicación de los alumnos en sus estudios. Para ello el Ayuntamiento de Cariñena otorgará varias becas de estudios que premiarán, mediante una aportación económica, a quienes hayan obtenido la mejor puntuación.
Beneficiarios:
Los beneficiarios deberán estar inscritos en el padrón municipal de Cariñena con al menos un año de antigüedad desde la fecha de la solicitud y tener su domicilio habitual en Cariñena. No podrán ser beneficiarias aquellas personas que se encontrasen en situación deudora frente al Ayuntamiento.
Podrán ser beneficiarios de la Beca:
- Estudios de postgrado / máster universitario matriculados en el curso 2023-2024.
- Estudios universitarios: Todos aquellos estudiantes de grado Universitario que cursen sus estudios en cualquier universidad española, matriculados en el curso 2023-2024 en al menos el 80% de los créditos de cada anualidad según los planes de estudios de sus grados. Se otorgarán dos becas universitarias de 385 € cada una, diferenciando entre dos ramas, repartiéndose una beca a cada rama: a) Artes, Humanidades, Ciencias sociales, Económicas y Jurídicas b) Ingenierías, Arquitectura, Veterinaria, Ciencias de la salud y ciencias
- Estudios artísticos superiores: Todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el curso 2023-2024 en los ciclos superiores de sus respectivos estudios artísticos oficiales, ya sea en el Grado superior de conservatorio musical, danza, teatro o en escuela de arte.
- Estudios de ciclo formativo superior: Todos aquellos estudiantes matriculados en un grado superior durante el curso 2023-2024.
- Estudios de ciclo formativo medio: Todos aquellos estudiantes matriculados en un grado medio durante el curso 2023-2024.
- Estudios de 2º de Bachillerato: Todos aquellos estudiantes matriculados en 2º de Bachillerato durante el curso 2023-2024.
- Estudios de 1º de Bachillerato: Todos aquellos estudiantes matriculados en 1º de Bachillerato durante el curso 2023-2024.
Número de becas y cuantía
Las becas se clasifican en tres categorías:
Categoría A:
- Estudios de postgrado / máster universitario: 1 beca de 385 €.
Categoría B:
- Estudios universitarios: 2 becas de 385 € cada una.
- Estudios artísticos superiores: 1 beca de 385 €.
- Estudios ciclo formativo superior: 1 beca de 385 €.
Categoría C:
- Categoría ciclo formativo medio: 1 beca de 275 €.
- Categoría 2º de Bachillerato: 1 beca de 275 €.
- Categoría 1º de Bachillerato: 1 beca de 275 €.
Plazo de presentación
Hasta el 20 de noviembre de 2024.
Solicitudes y documentación
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo junto con la siguiente documentación del estudiante:
- Instancia de solicitud de acuerdo al modelo del Anexo I.
- Copia del Documento Nacional de Identidad.
- Copia de la matrícula del curso 2023-2024
- Copia de las calificaciones obtenidas en el curso 2023-2024.
- Ficha de terceros, conforme el Anexo II.
- En el caso de la beca para estudios universitarios, el solicitante deberá aportar el plan de estudios correspondiente u otro documento oficial que justifique la totalidad de créditos de las asignaturas del curso. Sin perjuicio de que también para el resto de las becas la administración se lo pueda requerir a los
solicitantes.
La solicitud de la beca implica la aceptación absoluta, sin reservas ni limitaciones, de las normas establecidas, así como la aceptación de la resolución adoptada, que será inapelable.
Criterios de valoración.
La valoración de las solicitudes corresponderá a una Comisión de Valoración que propondrá a la Alcaldía los candidatos que, de acuerdo a los datos aportados, hayan obtenido la mejor puntuación:
- Para los estudiantes universitarios se realizará el sumatorio de créditos de cada asignatura por la nota y dividido por el número de créditos totales matriculados. Se incluirán las asignatura no presentadas que representarán un cero en el sumatorio. No se contarán aquellas asignaturas calificadas como aptos.
- Para el resto de categorías se realizará la media aritmética de los boletines de notas.
El jurado propondrá la beca al solicitante que obtenga mayor puntuación. En caso de empate entre dos o más candidatos se repartirán entre todos ellos la beca.
Las Becas de Estudio concedidas por el Ayuntamiento de Cariñena serán compatibles con cualquier otra ayuda, beca o premio que se reciba por parte del estudiante ya sean públicas o privada
Documentación
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: El Ayuntamiento, consciente de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, quiere ayudar y apoyar a estas mediante la puesta en marcha de esta convocatoria. Por ello, a las personas que cumplan los requisitos se les concederá la cantidad de doscientos euros (200€) por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a (menor o igual a 5 años) durante sus cinco primeros años de vida, siempre y cuando permanezcan empadronados en la localidad.
Este dinero solo podrá ser gastado en los comercios de la localidad adscritos al Plan de Comercio Local. En este sentido, todos los comercios que en la actualidad no estén adscritos, dispondrán hasta el 2 de julio para adherirse y ser incluidos en la lista de comercios que aparecen recogidos en el anexo II.
Esta ayuda es compatible con cualquier otra que se perciba por este motivo.
Destinatarios
- Madres o padres que hayan tenido o adoptado un hijo/a en el año 2019, en el 2020, en el 2021, en el 2022 o, en el 2023.
- Tutor o tutora con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de los padres del supuesto anterior.
- En caso de divorcio o separación, tendrán derecho a la subvención cada progenitor en función del porcentaje del tiempo de custodia que tenga cada uno del menor.
Requisitos:
- Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España (para ambos progenitores).
- Padres y madres deben estar empadronados en el municipio de Cariñena y al menos, el solicitante, con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda. En los casos en los que lo solicite un sólo progenitor (por no estar el otro empadronado), incluidos los casos de separación/y divorcio, se requerirá igualmente empadronamiento en el municipio con antigüedad mínima de 12 meses, concediéndose el importe correspondiente a un 50%
- El bebé tiene que encontrarse empadronado en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.
- En el caso de adopción, será condición indispensable que el adoptado sea menor de edad.
- Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Cariñena, así como con las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social.
Plazo para solicitar la ayuda
Hasta el día 11 de junio de 2024.
Solicitudes y documentación:
Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo hasta el 11 de junio de 2024, junto con la siguiente documentación de toda la unidad familiar:
- Fotocopia del DNI/Tarjeta de Residencia en vigor de ambos progenitores.
- Fotocopia del libro de familia (de todas las hojas de las personas que componen la unidad familiar). Excepcionalmente se admitirá documento acreditativo de nacimiento/adopción.
Se podrán solicitar tantas como hijos hayan tenido o adoptado.
Modo de empleo y uso de los “Bonos Consumo Cheque-Bebé”:
El Ayuntamiento expedirá un certificado de otorgamiento de la subvención una vez aprobada la ayuda a favor del titular.
El beneficiario podrá gastar la totalidad o una parte del importe en una o más tiendas locales adscritas al Plan de Comercio Local que aparecen recogidas en el Anexo II. El procedimiento será el siguiente:
- Notificación al beneficiario de la resolución de concesión.
- El beneficiario adquiere los productos en los comercios previstos, abonando la cantidad total de la compra.
- El comercio emite un recibo o factura en el que se relacione los productos adquiridos, el importe de cada uno, las unidades adquiridas, el coste total de la compra IVA incluido, así como la fecha de compra y nombre del comercio.
- El beneficiario puede hacer tantas compras como desee hasta alcanzar la cantidad concedida. Corresponderá 200 € por cada nacimiento o adopción en los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.
Una vez realizadas todas las compras, en el plazo de 120 días naturales desde la concesión, se deberá presentar el Anexo III rellenado, adjuntando los tickets/facturas originales en las oficinas del Ayuntamiento de Cariñena. No se admitirán las justificaciones por gastos o compras de alcohol, tabaco y apuestas. En todo caso, la justificación de la subvención deberá presentarse antes del 30 de noviembre.
El Ayuntamiento, en el plazo de 30 días abonará los gastos subvencionables hasta el límite otorgado en el número de cuenta indicado en el Anexo IV.
Documentación:
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena
Objeto y finalidad: El Ayuntamiento de Cariñena con estas ayudas pretende intentar contribuir a mejorar las condiciones de vida de aquellos pueblos social y económicamente desfavorecidos, mediante ayudas económicas a proyectos de solidaridad y desarrollo local, y todo ello en el marco de la ejecución del programa de la Agenda 2030 y de los Objetivos Desarrollo Sostenible.
Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que, además de cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y el artículo 9 de la Ley 5/2015, de Subvenciones de Aragón, se incardinen en alguna de las siguientes tipologías de entidad:
- Organizaciones no gubernamentales de cooperación al desarrollo, de modo individual o asociadas entre sí y cuyos proyectos coincidan con los objetivos de la convocatoria.
- Entidades sin fines de lucro legalmente constituidas, de modo individual o asociadas entre sí, que actúen localmente en el campo de la cooperación solidaria o en el de la educación para el desarrollo.
- Las entidades que representan en España a agencias o programas de las Naciones Unidas y a organizaciones internacionales de derecho público creadas por tratado o acuerdo internacional.
Dotación y Modalidades:
La convocatoria está dotada con 22.500 € que se dividen en dos modalidades:
Modalidad A, para financiar acciones y proyectos que cumplan los principios transversales que figuran en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa al Desarrollo 2024-27 como son la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, la protección del medio ambiente, el fortalecimiento de la sociedad civil organizada, la protección y defensa de los derechos humanos, el desarrollo humano y la sostenibilidad, el enfoque integral de las migraciones o el enfoque de cultura de paz. De entre las candidaturas presentadas se elegirán los tres proyectos con mayor valoración de acuerdo a los criterios recogidos en las bases. Esta modalidad está dotada con 21.000 €.
Modalidad B para la financiación de proyectos de sensibilización a la ayuda al desarrollo y relacionados con los principios que figuran en el Plan Director de la Cooperación Aragonesa al Desarrollo 2024-2027, mencionados para la Modalidad A, entre los vecinos del municipio de Cariñena. Esta modalidad está dotada con 1.500 €. En esta modalidad se elegirá únicamente un proyecto, que será el que mayor puntuación haya obtenido conforme a los criterios recogidos en las bases.
Zonas geográficas de desarrollo de los proyectos
Los proyectos deberán realizarse en Países con Índice de Desarrollo Humano (IDH) bajo según el índice del PNUD, Países menos adelantados (PMA) designados como tales por Naciones Unidas y Países en los que la Cooperación Aragonesa tiene una trayectoria histórica de trabajo.
Periodo de cumplimiento
El periodo de cumplimiento de la finalidad del proyecto para el que se otorgue la subvención irá desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024.
Plazo presentación de solicitudes
Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 20-09-2024
Descargas:
El Ayuntamiento de Cariñena convoca, un año más, en régimen de concurrencia competitiva, el Concurso del Cartel anunciador de la Semana Santa de Cariñena 2024 con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística y cultural en la localidad.
Destinatarios
Podrán participar en el mismo cualquier persona, de forma individual, sin limite de edad y cualquiera que sea su nacionalidad, ya sean artistas profesionales o aficionados. Cada autor podrá participar con un máximo de tres obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso o certamen.
Premios
Se establece un único premio de 300€. La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre la misma. De igual modo, el Ayuntamiento se reserva todos los derechos de difusión y reproducción de la obra premiada, cuya cesión se realizará por parte del autor a título gratuito. El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio de la Comisión de Valoración, estime que no son merecedoras de ello.
Características de las obras: técnica y formato
Las obras presentadas deberán reunir las siguientes características:
- El cartel anunciador reflejará la idiosincrasia de la Semana Santa Cariñenense.
- En el cartel anunciador aparecerán como organizadores el Ayuntamiento de Cariñena y la Iglesia Parroquial la Asunción de Ntra. Sra., incluyendo el ESCUDO TRADICIONAL de Cariñena, que se podrá descargar en el siguiente enlace: escudo tradicional.
- La portada del programa deberá recoger la siguiente información: Semana Santa de Cariñena 2024. Del 24 de marzo al 1 de abril de 2024.
- Los trabajos deberán ser originales e inéditos.
- El diseño final deberá presentarse tanto en formato físico (papel impreso) como en formato digital con una resolución de 300 ppp teniendo en cuenta que la posterior reproducción se realizará en tamaño DIN A3 en cuatricromía
- En los trabajos presentados no aparecerá ni el nombre ni la firma del autor/autora, debiendo consignarse en el dorso el título de la obra
- Queda totalmente prohibido publicar por cualquier medio los trabajos presentados antes de que se produzca el fallo del jurado, motivo que conlleva la exclusión de la obra para optar al premio.
Condiciones de presentación
El plazo de admisión empezará desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia (29-2-2024) y finalizará el 8 de marzo de 2024.
Los carteles se presentarán en formato papel y en versión digital. Los carteles deberán ir acompañados de un sobre aparte que contenga la siguiente documentación:
- Solicitud de participación (Anexo 1)
- Fotocopia del DNI o pasaporte
En el exterior del sobre se indicará exclusivamente “Cartel anunciador de la Semana Santa de Cariñena 2024” y el título elegido. Será necesario adjuntar un sobre por cada cartel presentado. Tanto al sobre como a la obra presentada el Ayuntamiento les asignará el mismo número, no abriéndose el sobre hasta que haya recaído el fallo de la Comisión Valoradora.
Las obras y las solicitudes de participación, podrán ser presentados personalmente, o remitidos por agencia de transporte o por cualquier otro medio, de puerta a puerta por su cuenta y riesgo, a portes pagados, siempre que los carteles se reciban antes de finalizar el plazo, en horario de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes, excepto festivos, en la siguiente dirección: Ayuntamiento de Cariñena. Calle Mayor, 53, 50400. Cariñena(Zaragoza). Teléfono: 654623849 / E-mail: cultura@carinena.es
Selección y entrega de premios
Se designará una Comisión de valoración de carácter técnico formado por la Técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena, la auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Cariñena, la Técnico de Turismo, Cultura y Patrimonio de la Comarca Campo de Cariñena y dos integrantes del Consejo Parroquial. Podrán ser asesorados por el Sr. Párroco de la Parroquia a efectos de conocer la idiosincrasia de la Semana Santa Cariñenense. La Comisión adoptará su decisión de manera imparcial con arreglo al deber de abstención y de guardar reserva en relación con las informaciones conocidas para el desarrollo de su función.
La Comisión de Valoración se reunirá a partir del 10 de marzo para elaborar un informe en el que valorará la concepción, calidad gráfica o plástica, su eficiencia informativa y sus condiciones de reproducción. El órgano instructor, que será la Concejal de Cultura, a la vista del contenido del expediente y del informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución. La resolución es competencia del Alcalde. Si se estima que en las obras presentadas no existe la calidad suficiente, podrá declarar desierto el premio.
El fallo será inapelable y se dará a conocer en Redes Sociales, en www.carinena.es, además de comunicarlo por correo electrónico a todas aquellas personas que se hubieran presentado al concurso. Asimismo, la resolución de Alcaldía se publicará en el BOPZ así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El mero hecho de presentarse a este certamen supone la aceptación de sus bases, por lo que el incumplimiento de cualquier punto especificado en ellas supone la descalificación inmediata.
Descargas:
El Ayuntamiento de Cariñena convoca el XVI Premio de Pintura Ciudad de Cariñena, año 2024, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística. Este certamen surgió promovido por el Área de Cultura del ayuntamiento en el año 2009. A lo largo de estas dieciséis ediciones de vida del certamen han sido más de 500 el número de obras que se han presentado a concurso y 24.100 euros los repartidos en premios.
Destinatarios
En este certamen podrán participar todas aquellas personas físicas, de forma individual y sin límite de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, exceptuando aquellas que en la edición inmediatamente anterior hubieran sido premiadas en este certamen. Cada autor podrá participar con un máximo de dos obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso, ni se hayan presentado con anterioridad a este premio.
Premios
El concurso establece un primer premio de 1.000 euros, un segundo premio de 600 euros, 2 accésits de reconocimiento de 200 euros cada uno y un premio especial a la mejor obra de un artista local por valor de 200 €. Importes a los que se aplicará la correspondiente retención de IRPF. Las obras premiadas con el primer y segundo premio pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre las mismas.
El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio del Consejo Asesor, estime que no son merecedoras de ello.
Técnica y formato
La técnica y el tema de las obras serán de libre elección y se deberán presentar sin marco o, a lo sumo, con un listón sencillo de madera cuya anchura no supere los 2 cm. Las dimensiones, sin incluir el listón, no podrán ser inferiores a 65 cm., ni superiores a 130 cm. en ninguno de sus lados, y no se admitirán obras sin bastidor.
En el dorso se indicará la parte superior del cuadro mediante una flecha bien visible. La obra deberá ir sin firmar, y sólo una vez leída el acta del fallo, los premiados podrán firmar sus obras.
Plazo de admisión y condiciones de presentación
El plazo de admisión permanecerá abierto hasta el 30 de agosto de 2024. La obra podrá ser presentada personalmente, o remitida por agencia de transporte o por cualquier otro medio, de puerta a puerta por su cuenta y riesgo, a portes pagados tanto en la entrega como en la devolución, con embalaje capaz de garantizar el buen estado de la obra, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos, en la siguiente dirección: Oficinas municipales, Calle Mayor 53. 50400. Cariñena (Zaragoza). Cualquier duda o consulta será resuelta en el teléfono 654623849 o en el e-mail cultura@carinena.es.
Junto a la obra se presentará en sobre aparte: la solicitud de participación (Anexo 1) , fotocopia del DNI o pasaporte, currículum artístico del autor y fotografía de la obra en formato digital. En el supuesto de presentar la obra embalada, el sobre deberá ir en la parte exterior del embalaje y nunca en el interior. Pegado al dorso de la obra deberá ir copia de la solicitud de participación (Anexo 1). Además los participantes deberán guardarse copia de la solicitud de participación que les servirá para acreditarse al ir a retirar la obra.
El Ayuntamiento de Cariñena pondrá el máximo celo en el cuidado y protección de cada una de las obras, pero no responderá de pérdidas, roturas, robos, hurtos o daños, por razón de fuerza mayor o cualquier otra causa ajena a su voluntad, tanto en los actos de recepción y devolución como durante el tiempo en que estén bajo su custodia. Los seguros que quisieran efectuarse correrán por cuenta de cada uno de los/as participantes.
Selección, entrega de premios y exposición
Se designará una Comisión de valoración de carácter técnico compuesto por la técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena y por personas de reconocida capacidad crítica en el campo de las Bellas Artes. Dicha Comisión no podrá ser de un número inferior a tres personas. Con las obras presentadas, o con la selección que la Comisión determine, se realizará una exposición.
El fallo será inapelable y se dará a conocer en acto público que coincidirá con la inauguración de dicha exposición. De la fecha y el lugar de realización de la misma, se informará debidamente a los/as autores/as de las obras presentadas y al público en general.
Devolución de las obras
Las obras presentadas podrán retirarse personalmente o mediante agencia a portes debidos, con el embalaje en que fueron enviadas, y previa presentación de una copia de la Solicitud de Participación. Las fechas en las que se podrán retirar las obras se comunicarán a los participantes a través de correo electrónico. Terminado este plazo las obras no retiradas se considerarán donadas al Ayuntamiento de Cariñena, pudiendo disponer libremente de las mismas.
Más información
Más información en la Casa de Cultura de Cariñena, el teléfono 654623849 o en el e-mail cultura@carinena.es.
Descargas:
El Ayuntamiento de Cariñena convoca, en régimen de concurrencia competitiva, el Concurso de la portada del programa oficial de las Fiestas Patronales en Honor al Santo Cristo de Santiago que se celebrarán del 12 al 17 de septiembre de 2024, con el objetivo de incentivar, promover y difundir la creación artística y cultural.
Destinatarios
Tendrán derecho a participar en este premio, todas aquellas personas físicas, de forma individual, sin límite de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, ya sean artistas profesionales o aficionados.
Cada autor podrá participar con un máximo de tres obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso o certamen.
Premios
Se establece un único premio de 300€. El premio podrá quedar desierto en el caso de que las obras presentadas, a juicio del Consejo Asesor, estime que no son merecedoras de ello.
La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Cariñena, que se reserva el derecho sobre la misma. De igual modo, el Ayuntamiento se reserva todos los derechos de difusión y reproducción de la obra premiada, cuya cesión se realizará por parte del autor a título gratuito.
Características de las obras: técnica y formato
- La portada del programa reflejará la idiosincrasia de las Fiestas Patronales de Cariñena.
- En la portada del programa aparecerá la Imagen Corporativa del Ayuntamiento de Cariñena (se podrá descargar desde el enlace publicado en la página de facebook Fiestas Cariñena o pedirlo en el correo electrónico cultura@carinena.es).
- La Portada del Programa deberá recoger la siguiente información:
- FIESTAS EN HONOR AL SANTO CRISTO DE SANTIAGO CARIÑENA
Del 12 al 17 de septiembre de 2024
- FIESTAS EN HONOR AL SANTO CRISTO DE SANTIAGO CARIÑENA
- Los trabajos deberán ser originales e inéditos, siendo responsabilidad de quien los presente al concurso cualquier reclamación que pueda producirse en relación a la autoría de la Portada del Programa y su posible plagio.
- El diseño final deberá presentarse en formato digital con una resolución de 300 ppp teniendo en cuenta que la reproducción se realizará en un formato de 176 x 246 mm, orientación vertical.
- La obra deberá ir sin firmar.
Queda totalmente prohibido publicar por cualquier medio los trabajos presentados antes de que se produzca el fallo del jurado, motivo que conlleva la exclusión de la obra para optar al premio.
Condiciones de presentación
El plazo de admisión empezará desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el 4 de agosto de 2024.
La obra se presentará incluida en un DVD. Junto al DVD que contenga la obra, se presentará un sobre aparte que contenga la siguiente documentación:
- Solicitud de participación (Anexo 1)
- Fotocopia del DNI o pasaporte
En el exterior del sobre se indicará exclusivamente “Concurso Programa Oficial de Fiestas”.
Tanto al sobre como al DVD presentados se les asignará el mismo número, no abriéndose el sobre hasta que haya recaído el fallo de la Comisión Asesora.
El DVD que contenga la obra junto con el sobre que contenga la solicitud de participación, podrán ser presentados personalmente, o remitidos por agencia de transporte o por cualquier otro medio, de puerta a puerta por su cuenta y riesgo, a portes pagados, en horario de 8,00 a 15,00 horas de lunes a viernes, excepto festivos, en la siguiente dirección:
- AYUNTAMIENTO CARIÑENA. Calle Mayor, 49, 50400. CARIÑENA (Zaragoza)
Tfnos.: 654623849 / E-mail: cultura@carinena.es
El Ayuntamiento de Cariñena pondrá el máximo celo en el cuidado y protección de cada una de las obras así como de sus soportes, pero no responderá de pérdidas, roturas, robos, hurtos o daños, por razón de fuerza mayor o cualquier- otra causa ajena a su voluntad durante el tiempo en que estén bajo su custodia.
Selección y entrega de premios
Se designará un Consejo Asesor compuesto por miembros de carácter técnico compuesto por la técnico de Cultura del Ayuntamiento de Cariñena y por personas de reconocida capacidad crítica en el campo de las Bellas Artes, de la imagen, las artes plásticas y visuales. Dicha Comisión no podrá ser de un número inferior a tres personas.
El Consejo Asesor se reunirá y formulará una propuesta en la que valorará la concepción, calidad gráfica o plástica, su eficiencia informativa y sus condiciones de reproducción.
Si se estima que en las obras presentadas no existe la calidad suficiente, podrá declarar desierto el premio.
El fallo será inapelable y se dará a conocer en Facebook Fiestas Cariñena, Facebook Cariñena Se Mueve, www.carinena.es y en Campo de Cariñena Radio, además de comunicarlo por correo electrónico a todas aquellas personas que se hubieran presentado al concurso.
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