Resolución de alcaldía por la que se decretan medidas de carácter organizativo respecto al personal municipal

Resolución de alcaldía por la que se decretan medidas de carácter organizativo respecto al personal municipal

Resolución de Alcaldía nº 109/2020, con fecha de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas de carácter organizativo de carácter temporal en el Ayuntamiento de Cariñena ante la evolución de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19:

PRIMERO.- Jornada de trabajo

Se reduce la jornada laboral para prestar servicios de 8 a 14 horas de lunes a viernes para todos los trabajadores y proporcionalmente aquellos que tengan jornadas distintas o reducidas.

SEGUNDO.- Atención al público

La atención al público en las oficinas municipales y otros centros de titularidad  municipal, quedará restringida a la presencia de al menos un trabajador en el horario establecido en el apartado anterior. Los trabajadores adscritos a este servicio se turnarán en este cometido.

Se ordenará que la atención sea telefónica o electrónica NO PRESTÁNDOSE EN FORMA PRESENCIAL, salvo excepciones que puedan presentarse, en cuyo caso se solicitará en la forma anterior y se decidirá caso por caso.

TERCERO.- Modalidades no presenciales de trabajo

Los trabajadores que dados sus puestos permitan la realización de sus cometidos no presencialmente podrán realizarlos on-line, sin tener que presentarse en su puesto de trabajo, salvo que por necesidad o requerimiento por parte del ayuntamiento fuese necesario.

Aquellos trabajadores que por su situación personal así lo demanden podrán solicitar la flexibilidad del horario para la atención de menores o personas dependientes.

CUARTO.- Servicios básicos y otros servicios dirigidos a las personas

Los servicios básicos realizados por operarios (limpieza viaria, parques y jardines mantenimiento y limpieza de edificios) se mantendrán dentro del horario establecido en el apartado anterior, manteniendo las recomendaciones que ha dado sanidad pública, y con el personal mínimo necesario.

Los trabajadores de Casa de Cultura, Escuela de Educación Infantil y Polideportivo municipal realizarán, a puerta cerrada, labores de mantenimiento, ordenación dentro de la instalación o lugar de trabajo y se aprovechará para realizar un inventario de material de las instalaciones municipales así como cualquier otra actividad dentro de sus cometidos, pudiendo hacer las inherentes a la planificación o preparación de futuras actividades sin la presencia en el edificio.

El personal de limpieza de edificios realizarán las labores propias del puesto, todo ello siguiendo las recomendaciones que ha dado sanidad pública, y con el personal mínimo necesario.

En todos los casos anteriores, si es posible se realizarán las tareas de manera individual o por turnos.

QUINTO.- Modificación de las condiciones de trabajo

El personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Cariñena podrá ser adscrito, por necesidades de servicio, a otro puesto de trabajo o funciones de la Administración del Ayuntamiento cuando concurran situaciones de especial necesidad derivadas de planes de contingencia de salud pública, o motivos de urgencia debidamente justificados.

Tal requerimiento podrá efectuarse fuera del horario señalado en el punto primero, incluidos sábados, domingos o días festivos.

SEXTO.- Medidas adicionales

Adicionalmente, se podrán dictar otras instrucciones que concreten determinados aspectos de ésta.

Descargas

Descarga Resolución de Alcaldía nº 109/2020,

2020-03-17T22:34:39+00:00 17/03/2020|Ordenanzas y reglamentos, Salud, Tablón de anuncios|

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