El Ayuntamiento de Cariñena recuerda a sus vecinos la obligación de indentificar genéticamente a sus canes, más de 500 en nuestra localidad, antes del 25 de noviembre de 2020 según lo establecido en la nueva Ordenanza municipal Reguladora de la Protección y Tenencia Responsable de Animales, que entro en vigor el 25 de noviembre de 2018.
La ordenanza, que fue aprobada por unanimidad de la corporación, obliga a los propietarios de perros a registrar el ADN de sus mascotas en el censo municipal con el objetivo de reducir el maltrato, la tasa de abandonos y las deposiciones de los cánidos en la vía pública. El incumplimiento de esta obligación a partir de la fecha señalada podrá suponer la imposición de multas a los propietarios de los animales.
Procedimiento
Los propietarios de los perros que residan en Cariñena deberán someter a sus mascotas a una extracción de sangre, realizada por un veterinario colegiado habilitado, para obtener así una muestra de ADN y determinar el genotipo del animal. La misma será remitida al Laboratorio de Genética Bioquímica de la Universidad de Zaragoza, allí se analizan en un plazo de unas 2 o 3 semanas y los resultados de los marcadores genéticos se incorporan al historial de la mascota en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Aragón (Riaca). Para compensar el gasto extraordinario que supone el cumplimiento de la Ordenanza para el propietario del cánido, en 2018 y sucesivos se procedió a la eliminación de la tasa municipal por tenencia de animal de especie canina.
El consistorio podrá acceder periódicamente a los datos almacenados en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Aragón (Riaca), comprobar el listado de ciudadanos que incumplen la normativa y emitir las correspondientes sanciones. Según recoge la nueva ordenanza, “incumplir la obligación de realizar el análisis genético obligatorio” constituye una infracción leve y conlleva una sanción de 50 a 250 euros. Por otro lado, si el incumplimiento es reiterado (“existirá reiteración si se dejan transcurrir dos o más ocasiones de las señaladas en el artículo 3.1b, sea la implantación del microchip, sea la vacunación obligatoria, sin efectuar el análisis”), la sanción se considera grave y se podrá imponer una multa de los 251 a los 500 euros.
Acabar con el maltrato y el abandono
A través del registro genético, es posible identificar al perro y, por ende, a su propietario, un factor especialmente relevante en una medida enfocada a reducir el abandono de camadas y el maltrato animal. Por otra parte, cuando se complete el registro de ADN de los perros del municipio, se podrá utilizar para sancionar a los propietarios que dejen las deposiciones de sus mascotas en la vía pública, cotejándolas con las muestras registradas.
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Ordenanza municipal reguladora de la protección y tenencia responsable de animales