El Ayuntamiento informa que se ha recibido comunicación de la Sala de Gobierno del TSJA, en la que se informa que por la misma ha sido adoptado acuerdo, donde se señala que vista la previsión de próxima vacante del cargo de juez de paz titular, y conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2. del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se inicie la tramitación oportuna para la convocatoria de cobertura de dicho cargo.
- Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto, de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
- Que se abre un plazo de quince días hábiles, comenzando a contra el plazo desde la publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Aragón, sección provincial (BOPZ), para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo ser presentadas a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento:
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados a través del siguiente enlace de descarga o en las oficinas municipales:
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabarse la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.