Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena
Objeto y finalidad: Incentivar la adquisición de suelo y/o nave industrial, nave-almacén agrícola o nave-almacén de carácter industrial, siempre que los mismos se adecuen a la normativa aplicable al efecto en Cariñena en el ámbito del Sector 4.2 NN.SS Cariñena (Polígono Industrial Entreviñas) siempre que la adquisición del suelo tenga por finalidad:
- La ampliación de la empresa
- El aumento de la superficie del centro empresarial preexistente
- La creación de un nuevo centro empresarial
- La instalación de empresas de nueva creación
- El traslado de empresas existentes del núcleo urbano al polígono industrial.
Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas que reúnan las siguientes condiciones:
- Que hayan adquirido suelo en las condiciones previstas en la norma segunda
- Que desarrollen una actividad de carácter empresarial
- En el supuesto de solicitud de subvención por adquisición exclusivamente de suelo industrial, deberá acreditarse que se han solicitado las correspondientes licencias de obra y de actividad. La edificación de la correspondiente parcela, deberá comenzar en un plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de otorgamiento de la licencia de obras.
- En el resto de los supuestos (adquisición de nave o adquisición de suelo y nave), deberá acreditarse únicamente la solicitud de licencia de actividad
Plazo de adquisición: El plazo para la efectiva adquisición del suelo y/o nave industrial, nave-almacén agrícola, nave-almacén de carácter industrial, con arreglo a las presentes Normas se extenderá desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 30 de junio de 2021. Este plazo no es susceptible de prórroga.
Fecha de inicio del periodo de solicitud: 30-3-2021
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 30-6-2021
Subvención con convocatoria: Sí
Crédito presupuestario: 40.000 euros
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Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Incentivar el establecimiento de gente joven que fije su residencia en el municipio mediante la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a aquellos que adquieran su primera vivienda en el Municipio de Cariñena.
Beneficiarios: Podrán acogerse a esta convocatoria de ayudas las personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 35 años que hayan adquirido, o vayan a adquirir su primera vivienda en el periodo comprendido desde el 1 de septiembre de 2020, hasta el 31 de agosto de 2021. En ningún caso podrán optar a la presente ayuda quienes hubieran obtenido la condición de beneficiario en anteriores convocatorias de la “subvención para gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Cariñena”
Fecha de inicio del periodo de solicitud: 12/05/2021
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 15/09/2021
Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Crédito presupuestario: 3000 euros
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: El Ayuntamiento de Cariñena, a través de las Concejalías de Infancia y de Industria y Comercio, siendo conscientes de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, quiere ayudar y apoyar a las familias mediante la puesta en marcha del programa Cheque-Bebé.
Por ello, a las personas que cumplan los requisitos se les concederá la cantidad de doscientos euros (200€) por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a (menor o igual a 5 años) durante sus cinco primeros años de vida, siempre y cuando permanezcan empadronados en la localidad, comenzando esta convocatoria para los nacidos en 2019 y 2020. De esta manera los nacidos en 2019, recibirán la ayuda correspondiente a 2019 y 2020, mientras que los nacidos en 2020 recibirán la ayuda del año en curso.
Este dinero solo podrá ser gastado en los comercios de la localidad adscritos al Plan de Comercio Local. En este sentido, todos los comercios que en la actualidad no estén adscritos, dispondrán hasta el 8 de junio para adherirse y ser incluidos en la lista de comercios que aparecen recogidos en el anexo II.
Beneficiarios:
- Madres o padres que hayan tenido o adoptado un hijo/a en el año 2019 o en el 2020 o que cumplan un año en el 2020.
- Tutor o tutora con la patria potestad/tutela, en caso de fallecimiento de los padres del supuesto anterior.
- En caso de divorcio o separación tendrá derecho a la subvención cada progenitor en función del porcentaje del tiempo de custodia que tenga cada uno del menor.
Requisitos:
- Ser español/a o extranjero/a con residencia legal en España (para ambos progenitores).
- Padres y madres deben estar empadronados en el municipio de Cariñena y al menos, el solicitante, con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda. Salvo en caso de divorcio o separación que sólo se exigirá el estar empadronado al
solicitante con una antigüedad de 12 meses en el momento de la solicitud de la ayuda. - El bebé tiene que encontrarse empadronado en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud.
- En el caso de adopción, será condición indispensable que el adoptado sea menor de edad.
- Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Cariñena
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 23 de julio de 2021
Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Crédito presupuestario: 16.000 euros
Documentación:
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena
Objeto y finalidad: Incentivar, promover y difundir la creación artística y cultural.
Beneficiarios: Tendrán derecho a participar en este premio, todas aquellas personas físicas, de forma individual, sin límite de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, exceptuando aquellas que, en la edición inmediatamente anterior, hubieran sido premiadas en este certamen. Cada autor/a podrá participar con un máximo de dos obras originales, que no hayan sido premiadas en ningún otro concurso, ni se hayan presentado con anterioridad a este premio.
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 27 de agosto de 2021
Lugar de presentación: La obra podrá ser presentada personalmente, o remitida por agencia de transporte o por cualquier otro medio, de puerta a puerta por su cuenta y riesgo, a portes pagados tanto en la entrega como en la devolución, con embalaje capaz de garantizar el buen estado de la obra, en horario de 9 a 14 h. de lunes a viernes, excepto festivos, en la siguiente dirección: OFICINAS MUNICIPALES. C/ Mayor 53. 50400. CARIÑENA (Zaragoza)
Premio: Se establece un primer premio de 1000 €, un segundo premio de 600 €, dos accésits de 200 € cada uno y un premio especial a la mejor obra de un artista local de 200 €, importes a los que se aplicará la correspondiente retención de IRPF
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Incentivar la calidad y la excelencia académica y reconocer el esfuerzo y la dedicación de los alumnos en sus estudios. Para ello el Ayuntamiento de Cariñena otorgará varias becas de estudios que premiarán, mediante una aportación económica, a quienes hayan obtenido la mejor puntuación.
Beneficiarios:
Los beneficiarios deberán estar inscritos en el padrón municipal de Cariñena con al menos un año de antigüedad desde la fecha de la solicitud y tener su domicilio habitual en Cariñena.
Podrán ser beneficiarios de la Beca:
- Estudios de postgrado / máster universitario matriculados en el presente curso (2020-2021).
- Estudios universitarios: Todos aquellos estudiantes de grado Universitario que cursen sus estudios en cualquier universidad española, matriculados en el curso 2020-2021 en al menos el 80% de los créditos de cada anualidad según los planes de estudios de sus grados. Se otorgarán dos becas universitarias de 350 € cada una, diferenciando entre dos ramas, repartiéndose una beca a cada rama: a) Artes, Humanidades, Ciencias sociales, Económicas y Jurídicas b) Ingenierías, Arquitectura, Veterinaria, Ciencias de la salud y ciencias
- Estudios artísticos superiores: Todos aquellos estudiantes que estén matriculados en el curso 2020-2021 en los ciclos superiores de sus respectivos estudios artísticos oficiales, ya sea en el Grado superior de conservatorio musical, danza, teatro o en escuela de arte.
- Estudios de ciclo formativo superior: Todos aquellos estudiantes matriculados en un grado superior durante el curso 2020-2021.
- Estudios de ciclo formativo medio: Todos aquellos estudiantes matriculados en un grado medio durante el curso 2020-2021.
- Estudios de 2º de Bachillerato: Todos aquellos estudiantes matriculados en 2º de Bachillerato durante el curso 2020-2021.
- Estudios de 1º de Bachillerato: Todos aquellos estudiantes matriculados en 1º de Bachillerato durante el curso 2020-2021.
Nº de becas y cuantía
Categoría A:
- Estudios de postgrado / máster universitario: 1 beca de 350 €.
Categoría B:
- Estudios universitarios: 2 becas de 350 € cada una.
- Estudios artísticos superiores: 1 beca de 350 €.
- Estudios ciclo formativo superior: 1 beca de 350 €.
Categoría C:
- Categoría ciclo formativo medio: 1 beca de 250 €.
- Categoría 2º de Bachillerato: 1 beca de 250 €.
- Categoría 1º de Bachillerato: 1 beca de 250 €.
Criterios de valoración:
Una vez se dicte resolución con la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, se convocará a un jurado (compuesto por 5 empleados públicos) que evaluará las solicitudes y propondrá a la Alcaldía los candidatos que hayan obtenido la mejor puntuación.
- Para los estudiantes universitarios se realizará el sumatorio de créditos de cada asignatura por la nota y dividido por el número de créditos totales matriculados. Se incluirán las asignatura no presentadas que representarán un cero en el sumatorio. No se contarán aquellas asignaturas calificadas como aptos.
- Para el resto de categorías se realizará la media aritmética de los boletines de notas.
El jurado propondrá la beca al solicitante que obtenga mayor puntuación. En caso de empate entre dos o más candidatos se repartirán entre todos ellos la beca.
Las Becas de Estudio concedidas por el Ayuntamiento de Cariñena serán compatibles con cualquier otra ayuda, beca o premio que se reciba por parte del estudiante ya sean públicas o privada
Fecha de finalización del periodo de solicitud: 15 de octubre de 2021 (incluido)
Solicitudes y documentación:
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los procedimientos que marca la legislación de procedimiento administrativo junto con la siguiente documentación del estudiante:
-
Instancia de solicitud de acuerdo al modelo del Anexo I.
-
Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
-
Copia compulsada de la matrícula del curso 2020/2021.
-
Copia compulsada de las calificaciones obtenidas en el curso 2020/2021.
-
Ficha de terceros, conforme el Anexo II.
-
En el caso de la beca para estudios universitarios, el solicitante deberá aportar el plan de estudios correspondiente u otro documento oficial que justifique la totalidad de créditos de las asignaturas del curso. Sin perjuicio de que también para el resto de las becas la administración se lo pueda requiera a los solicitantes.
Crédito presupuestario: 2500 euros
Documentación:
Resolución:
Órgano convocante: Ayuntamiento de Cariñena.
Objeto y finalidad: Se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones para ejecución de inversiones en locales comerciales que contribuyan a la mejora medioambiental, así como para su rehabilitación, conservación y digitalización que se realicen desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de octubre de 2021 en el municipio de Cariñena, mediante concurrencia competitiva.
Se podrá financiar hasta el 80% del proyecto subvencionable, hasta un máximo de 1.500,00 euros.
Las ayudas previstas en esta convocatoria serán compatibles con otras que pudieran otorgarse por parte de otros entes públicos o privados, nacionales o
internacionales, siempre y cuando la cuantía de estas ayudas no supere el coste total de los conceptos objeto de las mismas.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad y menores emancipados y personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario, según el artículo 13, párrafo 2º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Fecha de finalización del periodo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (publicada el 6 de octubre de 2021).
Lugar de presentación: Registro del Ayuntamiento de Cariñena o en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Crédito presupuestario: 12.000 euros
Documentación:
Navegación
Documentos
Subvenciones ejercicios anteriores
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